Lapercepci贸n de la pensi贸n de incapacidad permanente absoluta no impide el ejercicio de aquellas actividades, sean o no lucrativas, compatibles con el estado del incapacitado que no representen un cambio en su capacidad de trabajo a efectos de revisi贸n, sin perjuicio de las facultades de revisi贸n de la incapacidad permanente que asisten a la
Incapacidadpermanente absoluta Incapacidad permanente absoluta. Es aquella que inhabilita por completo al trabajador para toda profesi贸n u oficio. Beneficiarios / Hecho causante; Cuant铆a / Abono; Compatibilidades; Suspensi贸n / Extinci贸n; Gesti贸n / Pago; Solicitudes; Normativa b谩sica; Incapacidadpermanente absoluta: da derecho a una pensi贸n vitalicia equivalente al 100% de la base reguladora, que adem谩s est谩 exenta de IRPF. Gran Invalidez: pensi贸n de id茅ntica cuant铆a a la de la Incapacidad Permanente Absoluta (es decir, el 100% de la base reguladora), m谩s un complemento destinado a remunerar a la persona que leLapensi贸n de Incapacidad permanente es la prestaci贸n econ贸mica que trata de cubrir la p茅rdida de rentas salariales que sufre una persona, cuando estando afectada por un proceso patol贸gico o traum谩tico derivado de una enfermedad o accidente, ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma presumiblemente definitiva, pudiendo ser de tres
EhORw23. 43 280 83 125 349 24 67 307 57